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RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. TRABAJADORES AUTÓNOMOS. CRÉDITO A TASA CERO. RESOLUCIÓN GENERAL 4707/2020

La Administracion Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha resuelto crear a través de la RG 4707/2020 el servicio web denominado “CRÉDITO TASA CERO” en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP.

A tal efecto, los interesados deberán:

  1. Ingresar al servicio web “Crédito Tasa Cero” con clave fiscal en la web de la AFIP a partir del 4 de mayo de 2020.
  2. La AFIP indicará a cada contribuyente los montos mínimos y máximos del crédito que se le puede otorgar. El interesado deberá ingresar el importe del crédito que desea solicitar.
  3. El contribuyente va a tener que informar los dígitos de la tarjeta de crédito en la que quiera que se acrediten los fondos solicitados.
  4. El contribuyente que no posea tarjeta de crédito, deberá informar el banco en que desea tramitar el crédito que se solicita. En esa entidad bancaria va a poder solicitar una tarjeta de crédito o una “Cuenta a la vista para compras en comercios” donde le van a acreditar el préstamo.
  5. La AFIP informará al BCRA el crédito susceptible de ser otorgado y los importes de las cuotas impositivas y previsionales del Monotributo de los tres períodos fiscales siguientes al otorgamiento, para que se sumen a las tres cuotas que va a acreditar el Banco en la tarjeta de crédito.
  6. En caso de no resultar procedente, el sistema va a indicar los motivos por los cuales se deniega la solicitud del crédito.
  7. El BCRA compartirá con cada Banco emisor de la tarjeta de crédito la información suministrada por AFIP.
  8. Los beneficiarios deberán, entonces, solicitar el crédito al Banco. No será necesario que concurran físicamente, ya que van a poder realizar la solicitud a través del “home banking” de cada entidad bancaria.

El crédito debería tardar no más de 48 horas desde la solicitud en ser otorgado. Según dispuso el Banco Central, los créditos deberán ser acreditados por los bancos dos días hábiles después de que el cliente los solicite.

Cabe recordar que no pueden acceder quienes tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación.

Aquellos beneficiarios que sí lo perciban, estarán inhabilitados para comprar dólares por 18 meses o hasta que cancelen el préstamo, lo que suceda primero.

Le dejamos un instructivo sobre como pueden solicitarlo. 

INSTRUCTIVO CREDITO A TASA CERO